Publicado 04/08/2026 09:19

Arrau valora aprobación de proyecto Naín-Retamal 2.0 para carabineros de franco

Valparaiso, 3 de agosto 2026 El ministro de Seguridad Publica, Martin Arrau, en la Camara de Diputados Sebastian Cisternas/Aton Chile
Valparaiso, 3 de agosto 2026 El ministro de Seguridad Publica, Martin Arrau, en la Camara de Diputados Sebastian Cisternas/Aton Chile - SEBASTIAN CISTERNAS/ ATON CHILE

Santiago 4 Ago. (ATON) -

"Un carabinero no deja de serlo cuando termina su turno. Si estando de franco interviene para repeler o impedir una agresión, el Estado no puede dejarlo sin respaldo jurídico precisamente por estar de franco", señaló el ministro de Seguridad en su cuenta de X.

El ministro Martín Arrau valoró la aprobación en la comisión de Seguridad de la Cámara de Diputados del proyecto que extiende la legítima defensa a los funcionarios de Carabineros que se encuentran de franco, iniciativa conocida como ley Naín-Retamal 2.0.

"Un carabinero no deja de serlo cuando termina su turno. Si estando de franco interviene para repeler o impedir una agresión, el Estado no puede dejarlo sin respaldo jurídico precisamente por estar de franco", señaló el ministro de Seguridad en su cuenta de X.

"Por eso valoramos que la Comisión de Seguridad Ciudadana aprobara en particular y despachara a la Sala de la Cámara el proyecto que extiende la presunción de legítima defensa privilegiada a funcionarios de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública. Si ellos nos cuidan a toda hora, nosotros debemos cuidarlos a toda hora", añadió.

El proyecto, iniciado como moción, busca ampliar el alcance de la ley 21.560, conocida como Naín Retamal. En ella se estableció una presunción de legítima defensa privilegiada para funcionarios policiales, de Gendarmería y de las Fuerzas Armadas cuando cumplen labores de orden público y seguridad pública interior. Sin embargo, la redacción vigente deja fuera de esta protección a quienes intervienen para repeler una agresión encontrándose fuera de servicio.

Por esto, el proyecto establece que esta presunción de legítima defensa privilegiada también se aplicará a los funcionarios de las FF.AA. o de Orden y Seguridad Pública que, en calidad de franco, repelan o impidan una agresión que pueda afectar gravemente su integridad física o su vida, o las de un tercero. Además, establece que dicha actuación puede realizarse mediante el empleo de armas o cualquier otro medio de defensa.

Contador

Contenido patrocinado