Santiago 1 Ene. (ATON) -
El fallo definitivo establece la cancelación de por vida de la licencia del capitán y sanciones gravísimas para otros tripulantes involucrados en la colisión.
Un nuevo antecedente clave se sumó a la investigación por el naufragio de la lancha artesanal Bruma , luego de que la Autoridad Marítima desestimara los recursos presentados por la defensa de los tripulantes del barco industrial El Cobra , dejando firmes las sanciones aplicadas por su responsabilidad en el abordaje ocurrido frente a las costas del Biobío.
La decisión administrativa ratificó sanciones calificadas como gravísimas contra tres integrantes de la tripulación de la nave industrial, confirmando así su responsabilidad en el choque que terminó con la desaparición de la lancha motor Bruma , hecho registrado el pasado 30 de marzo mientras la embarcación realizaba faenas de pesca artesanal en las cercanías de Coronel.
Con el paso de los días, el hallazgo de restos de la nave y de pertenencias de los tripulantes reforzó la hipótesis de un impacto con una embarcación de mayor tamaño, lo que dio origen tanto a una investigación marítima como a una causa penal.
La resolución fue dada a conocer por el abogado de las familias de los pescadores, Rafael Poblete, quien explicó que el pasado 30 de diciembre fueron notificados del fallo definitivo, fechado el 26 de diciembre, el cual no admite nuevos recursos y deja a firme las sanciones impuestas por la autoridad marítima.
De acuerdo con lo informado, la medida contempla la cancelación de por vida de la matrícula de patrón de pesca del capitán Mansilla, mientras que los tripulantes Macaya y Sandoval recibieron sanciones gravísimas por su participación en la colisión del Cobra con la lancha artesanal.
Poblete recalcó que el fallo administrativo establece que, durante la tramitación del proceso, la propia defensa de los sancionados reconoció la existencia de la colisión. Asimismo, la resolución concluye que no se prestó la ayuda correspondiente tras el impacto, configurándose una infracción al artículo 112 de la Ley de Navegación.
El artículo 112 señala explícitamente que este tipo de conducta conlleva la cancelación definitiva de la licencia del capitán, lo que fue aplicado, sin perjuicio de la responsabilidad penal que se va a perseguir , señaló el abogado.
Según explicó, la resolución emitida por la ISAM constituye un antecedente relevante para la investigación que desarrolla el Ministerio Público, ya que posee el carácter de informe técnico y fija hechos que, a su juicio, no pueden ser objeto de nueva discusión en sede penal.
En esa línea, anunció que solicitarán que este pronunciamiento sea considerado en la audiencia de formalización prevista para el mes de marzo, con el objetivo de que los imputados no enfrenten cargos únicamente por cuasidelito, sino también por homicidio por omisión de auxilio.
El fallo establece que los tripulantes percibieron el impacto, pero se limitaron a una verificación básica y no retornaron al punto del abordaje, como lo exige la normativa , afirmó, apuntando que dicha conducta es la que, según la representación de las familias, configura el delito.
Mientras las diligencias continúan tanto en el ámbito penal como en el marítimo, los familiares de los pescadores insisten en que las responsabilidades ya establecidas en sede administrativa deben traducirse en sanciones penales proporcionales a la gravedad de los hechos.