Publicado 16/03/2026 20:18

Caso La Polar: Condenan a exejecutivos a pagar más de 2 mil UF a AFP Provida

Santiago 17 Mar. (ATON) -

La Corte Suprema confirmó que exejecutivos de La Polar deberán pagar más de 2 mil UF tras la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual, la cual fue presentada por la AFP Provida SA.

La Corte Suprema confirmó que exejecutivos de La Polar deberán pagar más de 2 mil UF tras la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual, la cual fue presentada por la AFP Provida SA.

Los ejecutivos Pablo Sergio Alcalde Saavedra, Julián Moreno de Pablo, Nicolás Ramírez Cardoen, María Isabel Farah Silva, Pablo Jorge Fuenzalida May, Martín Andrés González Iakl y Santiago Enrique Grage Díaz fueron condenados en el marco del denominado caso La Polar .

En fallo unánime, la Primera Sala del máximo tribunal confirmó la condena contra los exjecutivos a pagar en forma solidaria el equivalente a 2.575.388 UF, monto correspondiente al total del daño causado a la administradora de fondos de pensiones demandante.

Se encuentra acreditado que Pablo Alcalde Saavedra, a la época, ejecutivo principal de empresas La Polar S.A., en conjunto con los restantes demandados y ex altos ejecutivos, idearon e implementaron un sistema de repactaciones unilaterales y automatizadas de la cartera de clientes morosos de la empresa con el objeto de mantenerla vigente", señala la resolución.

El sistema lograba que "La Polar exhibiera al mercado mejores resultados de los que en realidad tenía, falseando la información que se entregaba al directorio, al mercado, a la entidad reguladora y al público en general, lo que provocó una distorsión de los estados financieros de la empresa y trajeron como consecuencia que las acciones y bonos emitidos por la empresa se valorizaran en precios inconsistentes con su situación patrimonial, al exhibir utilidades inexistentes y no dar cuenta de las provisiones incobrables y castigadas que reflejaran sus resultados negativos".

Además, se estableció "la existencia de un perjuicio patrimonial sufrido por la demandante causado por la pérdida o disminución irrevocable en un período determinado del valor de las acciones y bonos emitidos por La Polar S.A., que los fondos de pensiones administrados por la actora mantenían como inversión, provocándose una disminución del valor de las acciones que al 9 de junio de 2011 ascendían a la suma de $2.355,85 y al 30 de noviembre de 2011, el precio ponderado en la Bolsa de Comercio disminuyó a $371,55".

De esta forma, se rechazaron "los recursos de casación en el fondo interpuestos por el abogado Germán Ovalle en representación de Santiago Grange Díaz y abogado Luis Sandoval por Matías González Iakl, y los recursos de casación en la forma y fondo deducidos por los abogados Guillermo Chahuán y Marco Moraga por Pablo Alcalde Saavedra, y recurso de casación en el fondo deducido por los abogados Mario Rojas y Alonso Monsalve por Nicolás Ramírez Cardoen, en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago".

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