Santiago 3 Feb. (ATON) -
El organismo explicó que, al utilizarse bienes pertenecientes al municipio se facilitó y permitió el uso de estos en la aludida actividad, ajena a sus fines institucionales, incumpliendo con ello lo previsto en la normativa y jurisprudencia sobre la materia .
La Contraloría General de la República instruyó a la Municipalidad de La Ligua abrir un sumario administrativo para establecer responsabilidades en el uso de bienes públicos durante una actividad política vinculada a la excandidata presidencial Jeannette Jara.
Según informa Radio Biobío, la decisión se originó tras la denuncia presentada el 17 de septiembre por la Fundación Fuerza Ciudadana ante el Servel.
En el escrito se mencionaba un acto en honor a Jara realizado el 12 de septiembre en la Plaza de Armas de La Ligua, fuera del periodo de campaña electoral y se invitó solo a personas y autoridades afines a dicha candidatura .
Según los denunciantes, se utilizaron bienes municipales, tales como vallas perimetrales, graderías y otros elementos para eventos masivos, se efectuó el cierre de calles y uso de espacio público, con participación de personal municipal en su preparación .
El órgano contralor revisó los antecedentes y precisó que la autorización otorgada por la Delegación Presidencial Provincial de Petorca no presentaba irregularidades, ya que cumplía con lo establecido en el decreto supremo N° 1.086 de 1983.
En cuanto a la realización del acto público de que se trata antes del periodo establecido para efectuar campaña electoral, corresponde al Servel fiscalizar y sancionar la infracción a los plazos establecidos en los artículos 31 y 32 de la ley N° 18.700, por lo que se remite a ese organismo copia del presente oficio para los fines que proceda , complementa el documento.
Sin embargo, la Contraloría sí acogió la denuncia respecto al uso de bienes municipales. La entidad edilicia al dejar vallas perimetrales, de madera, graderías y otros bienes, facilitó y permitió el uso de estos en la aludida actividad, ajena a sus fines institucionales, incumpliendo con ello lo previsto en la normativa y jurisprudencia sobre la materia , señaló.
Y añadió: Deberá arbitrar medidas para en lo sucesivo velar por el debido resguardo de los bienes municipales, con el objeto que estos sean utilizados estrictamente en la finalidad autorizada y no con una de carácter político, como ocurrió en la especie .
El municipio deberá iniciar un sumario administrativo a fin de determinar las eventuales responsabilidades funcionarias derivadas de la situación descrita, debiendo remitir a la Unidad de Seguimiento de la Fiscalía, de la Contraloría General de la República, copia del acto administrativo que lo inicie en el plazo de 15 días hábiles, contado desde la recepción del presente oficio .
El abogado denunciante, Raimundo Palamara, valoró la resolución y fue enfático: Se vulneró, por la Municipalidad de La Ligua, el principio de probidad. Bienes municipales fueron utilizados derechamente para una actividad política. Esto está expresamente prohibido por la ley ( ) los recursos públicos no pueden, bajo ningún protecto, ser funcionales a campañas o actos proseletistas .