Publicado 22/06/2026 18:23

Comienza a regir nueva política de condonación de intereses y multas por deudas

Valparaiso, 12 de junio 2026  Edificio de la Tesoreria General de la Republica en Valparaiso  Sebastian Cisternas/Aton Chile
Valparaiso, 12 de junio 2026 Edificio de la Tesoreria General de la Republica en Valparaiso Sebastian Cisternas/Aton Chile - SEBASTIAN CISTERNAS/ ATON CHILE

Santiago 23 Jun. (ATON) -

El Servicio de Impuestos Internos y la Tesorería General de la República informaron sobre iniciativa que se ajusta al artículo 207 del Código Tributario y fomenta el pronto pago de las deudas tributarias, ya que entrega tasas de condonación más favorables para intereses y multas.

A partir del pasado 18 de junio comenzó a regir la nueva política de condonación de intereses y multas que establece la forma en que será aplicada a aquellos contribuyentes que no hayan cumplido de forma oportuna con sus obligaciones tributarias, accediendo a condiciones más flexibles y menos onerosas para ponerse al día.

El Servicio de Impuestos Internos (SII) y la Tesorería General de la República (TGR) informaron al respecto, indicando en sus páginas web que la iniciativa se ajusta al artículo 207 del Código Tributario y que en ella se fijan los criterios sobre los cuales ambas instituciones "deberán actuar de manera conjunta para promover y asegurar el correcto cumplimiento tributario".

El comunicado agrega que "según el reglamento publicado en el Diario Oficial, de acuerdo con lo previsto por el artículo 207 del Código Tributario, la condonación se aplicará sobre el incremento de los intereses sobre el 3,5% que establece la ley y sobre la base de la antigüedad del giro respectivo".

Así, y dependiendo de los meses de retrasos en el cumplimiento, la condonación quedará de la siguiente forma:

Antigüedad del giro de una a tres meses, con interés (sobre 3,5%) de 75% y multas del 70%.

Antigüedad del giro de cuatro a doce meses, con interés (sobre 3,5%) de 55% y multas del 50%.

Antigüedad del giro de una a 13 a 18 meses, con interés (sobre 3,5%) de 30% y multas del 30%.

Antigüedad del giro de 19 a 24 meses, con interés (sobre 3,5%) de 15% y multas del 20%.

Antigüedad del giro de más de 24 meses, con interés (sobre 3,5%) de 0% y multas del 0%.

Para considerar la antigüedad del giro se contará desde el mes calendario de emisión del mismo (primer mes), extendiéndose hasta el último día del mes calendario final de cada tramo.

En el caso de deudas por Impuesto Territorial, es decir, contribuciones de bienes raíces, el cálculo se iniciará en el mes siguiente al de vencimiento de la respectiva cuota, lo que corresponderá al mes 1.

En caso de que el contribuyente pague la totalidad de su deuda tributaria, el porcentaje del interés incremental que se condonará será de 5% adicional, dependiendo del tramo de antigüedad del folio que se paga.

No obstante, el monto de condonación adicional será aplicable únicamente cuando la deuda saldada corresponda a más de un giro y éste no tenga una antigüedad mayor a 24 meses.

Para acceder a este porcentaje adicional, se deberá realizar el trámite exclusivamente ante la TGR, organismo que administra el conjunto de las deudas tributarias sujetas a cobranza.

El contribuyente puede realizar el pago de sus deudas tributarias y acceder de manera automática a la condonación en sii.cl o tgr.cl, siempre que no esté afecto a alguna situación que lo excluya del beneficio.

Para acceder a tasas de condonación mayores a las establecidas como norma general, deberá solicitarlo directamente en la TGR invocando algunas de las situaciones establecidas en la nueva política, a excepción de aquellas deudas por infracciones o multas (sin base de impuestos) o deudas con recargos de intereses y/o multas por causa no imputable al contribuyente, que deberán ser solicitadas al SII de manera presencial mediante la presentación del Formulario 2667 o a través del ingreso de petición administrativa en sii.cl.

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