Publicado 18/06/2026 14:27

Chile.- Comisión de Familia de la Cámara aprobó proyecto contra los vientres de alquiler

Santiago 18 Jun. (ATON) -

La propuesta se fundamenta en que estas prácticas serían contrarias a la dignidad y a los derechos de las personas que integran la familia, además de contribuir a la mercantilización de las mujeres y de los niños y niñas.

La Comisión de Familia de la Cámara de Diputadas y Diputados comenzó la votación en particular del proyecto de ley que busca prohibir y sancionar la maternidad subrogada.

La iniciativa plantea prohibir toda práctica que implique que una mujer geste uno o más niños con el fin de que sean entregados a un tercero tras su nacimiento, cualquiera sea el tipo de acuerdo y si exista o no remuneración o promesa de ésta.

La propuesta se fundamenta en que estas prácticas serían contrarias a la dignidad y a los derechos de las personas que integran la familia, además de contribuir a la mercantilización de las mujeres y de los niños y niñas.

La comisión aprobó una norma que excluye la maternidad por subrogación en cualquiera de sus formas, estableciendo que será nulo todo contrato sobre la gestación a cargo de una mujer que renuncie a la filiación materna en favor del contratante o de un tercero.

Asimismo, se dispone que la filiación de los hijos nacidos mediante gestación de sustitución será determinada por el parto, sin perjuicio de la eventual acción de reclamación de paternidad respecto del padre biológico.

Asimismo, los parlamentarios respaldaron las disposiciones destinadas a sancionar penalmente la intermediación, promoción, organización y comercialización de la maternidad subrogada.

Entre ellas, se establece que quien intermedie entre una persona o pareja interesada en acoger a un niño y una mujer que acepte gestarlo para su posterior entrega será sancionado con presidio menor en su grado medio (541 días a 3 años y un día) y multa de 1.000 UTM.

La misma pena se aplicará a quien, de cualquier forma, realice, organice o publicite la comercialización de embriones o de la maternidad subrogada.

En los casos en que estas conductas se cometan de manera habitual o con ánimo de lucro, las sanciones se elevarán a presidio mayor en su grado mínimo y multa de 5.000 UTM.

Adicionalmente, se sancionará con presidio mayor en su grado mínimo (5 años y 1 día a 5 años) y multa de 5.000 UTM al profesional de la salud que, abusando de su oficio, intervenga en procesos de gestación asistida con el propósito de concretar la maternidad subrogada.

Finalmente, se establecen penas de presidio mayor en su grado medio a máximo (10 años y un día a 20 años) y multa de 5.000 UTM para quienes intermedien, organicen, realicen o publiciten esta práctica abusando de una relación de dependencia o de la situación de vulnerabilidad de la mujer, o induciéndola, por inexperiencia o ignorancia, a participar en un proceso de maternidad subrogada.

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