Publicado 21/11/2025 18:40

Comisión de Libertad Condicional rechaza solicitud de libertad a Mauricio Ortega

Santiago 21 Nov. (ATON) -

El agresor de Nabila Rifo deberá seguir en la cárcel, luego de que la unanimidad de los cinco integrantes de la instancia regional rechazara la solicitud de la defensa de que se le volviera a conceder la libertad, quitada por la Corte de Apelaciones y ratificada por la Suprema.

El agresor de Nabila Rifo, Mauricio Ortega, deberá continuar cumpliendo su condena en el Centro Penitenciario de Puerto Aysén luego que la Comisión de Libertad Condicional de la Región de Aysén rechazara este viernes, por unanimidad de sus miembros, la solicitud de volver a ponerlo en libertad.

Según informó La Tercera, en la sesión realizada este viernes en la Corte de Apelaciones de Coyhaique, la unanimidad la dieron los cinco integrantes de la comisión: Pedro Castro, ministro de la Corte de Apelaciones de Coyhaique; Fabiola Muñoz, jueza titular del Juzgado de Garantía de Coyhaique; Mónica Coloma, jueza del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique; Joelly Cares, jueza del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique y Rodrigo Grez, juez titular del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Puerto Aysén. Este último compareció de forma telemática.

La jornada se dispuso luego de que hace 10 días la Sala Penal de la Corte Suprema desarrollará una sesión extraordinaria para escuchar los alegatos de las partes respecto al recurso que la defensa de Ortega presentó contra la resolución que revocó su libertad condicional.

La defensa del condenado por la brutal agresión a Nabila Rifo aseguraba que la determinación de la Corte de Apelaciones de Coyhaique que revocó su beneficio era ilegal y arbitraria. Pero la Suprema desestimó tales argumentaciones y confirmó lo decidido por el tribunal de alzada.

Ortega había accedido a la libertad condicional el 8 de octubre, tras un fallo de la Corte de Apelaciones de Coyhaique que había concedido el beneficio a Ortega, quien está condenado a 18 años de cárcel por la brutal agresión en mayo de 2016 a Nabila Rifo, quien era su pareja: la atacó y arrancó sus ojos.

El tribunal de alzada, a través una comisión de jueces, revisó las postulaciones de 35 internos que buscaban el beneficio y se lo concedió a 24, entre ellos a Ortega, quien hasta ese minuto había estado recluido por nueve años en el penal de Puerto Aysén, por lo que había cumplido la mitad de su pena.

Sin embargo, el pasado 22 de octubre la Corte de Coyhaique acogió el recurso de amparo interpuesto por el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SernamEG) y ordenó el reingreso de Ortega al Centro Penitenciario de Puerto Aysén.

El fallo de la Segunda Sala del máximo tribunal explicó que el que se notificara a Rifo de la postulación de Ortega al proceso de libertad condicional en un domicilio no actualizado impidió a la víctima poder ejercer sus derechos establecidos en el Código Procesal Penal.

En esa línea, la Suprema indicó que el proceso a través del cual se otorgó el beneficio de libertad condicional a Ortega Ruiz careció del emplazamiento que dispone la legislación vigente , confirmando la apreciación que hizo el tribunal de alzada.

Este viernes el abogado de la víctima, Víctor Llanca, fue aceptado por la comisión para exponer. Se le otorgó un tiempo de tres minutos, pero sus argumentos fueron desoídos.

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