Publicado 30/12/2025 00:04

Condenan a sujeto que mató con una "fogueta" a activista de DDHH en el estallido

Santiago 30 Dic. (ATON) -

El Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago condenó a Álvaro Danilo Pincheira Epul a 10 años y un día de presidio por el homicidio de una activista de derechos humanos, cometido en la Alameda en octubre de 2021, en el marco del estallido social. En principio se culpó a Carabineros.

El Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago condenó a Álvaro Danilo Pincheira Epul a 10 años y un día de presidio por el homicidio de una activista de derechos humanos, cometido en la Alameda en octubre de 2021, en el marco del estallido social.

En fallo unánime, el tribunal también condenó a Pincheira Epul a 541 días de reclusión y al pago de una multa de 10 UTM, como autor del delito consumado de accionar, activar o disparar artefactos pirotécnicos sin la competente autorización, turbando gravemente la tranquilidad pública.

Además, Pincheira Epul deberá cumplir dos penas de 61 días de presidio efectivo y accesorias de suspensión de cargo u oficio público mientras duren las condenas, como autor de dos delitos consumados de maltrato de obra a carabineros de servicio causando lesiones leves.

En la arista civil, el tribunal acogió la demanda presentada y condenó al sentenciado Pincheira Epul a pagar la suma total de $60.000.000 por concepto de daño moral, a familiares querellantes de la víctima fallecida, estudiante de Derecho.

En principio, figuras de la oposición de la época como Camila Vallejo culparon a Carabineros por la muerte de la activista Denisse Andrea Cortés Saavedra, pero el tribunal dio por acreditado que Pincheira Epul, en la Alameda con Portugal, comuna de Santiago, activó un elemento o artefacto pirotécnico denominado "fogueta" y lo disparó directamente hacia donde estaban la víctima.

Como consecuencia, Denisse Cortés Saavedra recibió el impacto y estallido de una de las cargas explosivas o petardos del artificio pirotécnico en la cara lateral izquierda de su cuello, resultando con una lesión vascular cervical compleja, la cual le produjo un shock hemorrágico, falleciendo aproximadamente a las 17:00 horas del mismo día, en dependencias del Hospital de Urgencia de Asistencia Pública.

A su turno, como consecuencia y efecto del lanzamiento de las cargas pirotécnicas múltiples o petardos, por parte de Pincheira Epul, el capitán César Felipe Gutiérrez Sobarzo y el sargento 1° César Antonio Alvial Garcés, también recibieron el impacto de alguno de los petardos disparados por el condenado, resultando Gutiérrez Sobarzo con una contusión en su mano izquierda y un trauma acústico, en tanto que Alvial Garcés sufrió una contusión y erosión en el hombro derecho, todas las lesiones catalogadas clínicamente como leves.

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