Publicado 08/01/2026 17:06

Corte falla contra municipalidad por accidente en vereda en mal estado

Santiago 8 Ene. (ATON) -

La Undécima Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia que condenó a la Municipalidad de Cerro Navia a pagar una indemnización de $15.000.000 por concepto de daño moral, a transeúnte que sufrió fractura de muñeca y mano izquierda, al caer debido a la falta de mantención de vereda.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que obliga a la Municipalidad de Cerro Navia a pagar $15 millones por concepto de daño moral, luego que una vecina de esa comuna sufriera fracturas en la muñeca y mano izquierda al tropezar con una base de concreto con puntas de fierro que sobresalía en la vereda norte de la calle Sado N°7965.

El fallo fue emitido por la Undécima Sala del tribunal de alzada, integrada por el ministro Manuel Rodríguez Vega, el fiscal judicial Jorge Norambuena Carrillo y el abogado integrante Rafael Plaza Reveco.

Atendido el mérito de autos, los fundamentos de la decisión en alzada, los que son compartidos por esta Corte y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de ocho de febrero de dos mil veinticuatro , señala la resolución.

Aunque la decisión fue unánime, Plaza Reveco dejó constancia de su prevención: habría rebajado la indemnización a $10 millones.

LA FALTA DE SERVICIO

El fallo ratificado por el 2º Juzgado Civil de Santiago definió la responsabilidad municipal bajo el concepto de falta de servicio . Según la jurisprudencia citada, se trata de aquellas situaciones en que el servicio público no funciona, lo hace de manera imperfecta o tardía, causando daño a los usuarios.

En este caso, las fotografías presentadas por la demandante mostraron el riesgo evidente: la base de concreto sin señalización alguna. Dos días después del accidente, la propia municipalidad retiró el elemento, lo que para el tribunal constituyó un reconocimiento tácito de la peligrosidad y de su responsabilidad.

EL DEBER MUNICIPAL

La sentencia recordó que la municipalidad, como administradora de bienes nacionales de uso público, tiene la obligación de mantenerlos en buen estado para garantizar el uso seguro de la comunidad. La existencia de la base de concreto con puntas de fierro y la ausencia de señalización constituyen una omisión de sus deberes de cuidado y, por tanto, una falta de servicio que compromete su responsabilidad , concluyó el fallo.

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