Santiago 1 Ago. (ATON) -
La decisión judicial establece que la solicitud de renuncia careció de la fundamentación exigida por la ley y que el procedimiento aplicado por la autoridad presentó irregularidades.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de protección presentado por Loreto Maturana, exdirectora del Hospital Claudio Vicuña de San Antonio, y ordenó que sea reincorporada a sus funciones, además del pago de las remuneraciones que dejó de percibir tras su salida del cargo. La resolución, dada a conocer por La Tercera, marca un nuevo episodio en la controversia que surgió tras los cambios en la dirección del recinto asistencial.
El fallo marca un nuevo episodio en la controversia generada luego de la llegada de la exministra de Desarrollo Social, Jeannette Vega, como subdirectora médica del recinto asistencial, situación que desencadenó una serie de cuestionamientos en la gestión del Servicio de Salud Valparaíso-San Antonio.
La desvinculación de Maturana ocurrió en abril de 2026, apenas tres días después de la incorporación de Vega al hospital. En ese momento, el director subrogante del servicio de salud le solicitó una renuncia no voluntaria, argumentando una "pérdida de confianza" y observaciones relacionadas con la conducción del establecimiento.
Frente a esa decisión, la exdirectora, quien había asumido el cargo en febrero de 2024 mediante concurso del Sistema de Alta Dirección Pública, recurrió a la justicia al considerar que no se habían respetado los procedimientos establecidos por la ley para remover a un alto directivo público durante los primeros meses de un periodo presidencial.
Al revisar los antecedentes, la Corte determinó que la autoridad incumplió lo dispuesto en la Ley N.º 19.882, que exige informar previamente y de manera fundada al Consejo de Alta Dirección Pública antes de solicitar la renuncia de un directivo. En este caso, el tribunal constató que dicha comunicación se realizó solo después de que Maturana fuera notificada de su salida.
En su resolución, la Corte calificó el procedimiento como "ilegal y arbitrario", señalando además que la comunicación posterior al Consejo no corregía la irregularidad detectada. Asimismo, concluyó que la expresión "pérdida de confianza" no constituía una justificación suficiente para fundamentar la medida adoptada.
Como consecuencia, el tribunal dejó sin efecto tanto la solicitud de renuncia como la resolución que declaró vacante el cargo, ordenando la reincorporación de Maturana y el pago de las remuneraciones correspondientes desde el momento en que fue apartada de sus funciones.
No obstante, el fallo también precisa que la autoridad conserva la facultad de remover a la directora por tratarse de un cargo de exclusiva confianza. Sin embargo, cualquier decisión futura deberá ajustarse al procedimiento establecido por la legislación vigente y estar debidamente fundamentada.