Santiago 14 Abr. (ATON) -
La causa regresa ahora a la Corte de Apelaciones para que los ministros no inhabilitados que corresponda adopten las medidas encaminadas a obtener el cumplimiento de lo sentenciado en dicho proceso , informó el máximo tribunal del país.
La Corte Suprema resolvió revertir la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago, que había considerado cumplida la orden de bloquear plataformas de apuestas online por parte de las empresas de telecomunicaciones Claro, Entel, GTD, Movistar, WOM y VTR.
Según información entregada por La Tercera, tras el primer bloqueo, las plataformas comenzaron a operar mediante direcciones espejo, lo que motivó a la Lotería de Concepción y a la Polla Chilena de Beneficencia a solicitar que se incluyeran también esas páginas en la medida. Las compañías de telecomunicaciones argumentaron limitaciones técnicas y el riesgo de afectar otros servicios, postura que inicialmente fue acogida por la Corte de Apelaciones.
CRÍTICA DEL MÁXIMO TRIBUNAL
La Suprema cuestionó esa resolución: La misma Corte de Apelaciones encargada de llevar a cabo la ejecución de lo fallado admite en su resolución de 18 de marzo de 2026 que no se ha cumplido con lo ordenado .
El fallo agrega que omite en su análisis que la obligación de las recurridas proviene de una sentencia judicial firme que produce el efecto de cosa juzgada y que con ese proceder se termina posibilitando, por omisión, el desarrollo de una actividad respecto de la cual no se ha acreditado que quienes la llevan a cabo cuenten con la debida autorización legal y administrativa .
Asimismo, el tribunal señaló: Se incurre en el error de tramitación de tener por cumplida la orden impartida en una sentencia firme, en circunstancias que, del mismo tenor de la resolución respectiva, consta que el tribunal asume que ello no es efectivo, ordenando el archivo de la causa .
PRÓXIMOS PASOS
La causa regresa ahora a la Corte de Apelaciones para que los ministros no inhabilitados que corresponda adopten las medidas encaminadas a obtener el cumplimiento de lo sentenciado en dicho proceso , según indicó el máximo tribunal.
La decisión se enmarca en una queja contra los ministros de la Corte de Apelaciones por la falta o abuso grave que se les atribuye al dictar la resolución de 18 de marzo de 2026 .
El origen del caso fue un recurso de protección presentado por Gonzalo Cisternas Sobarzo, en representación de la Lotería de Concepción, contra las principales empresas de telecomunicaciones del país.