Santiago 30 Nov. (ATON) -
El recurso denuncia que el decreto que fijó su retiro ignoró una resolución del director general de la PDI que reconocía que cumplía los requisitos para obtener beneficios ampliados.
El caso de la exoficial de la Policía de Investigaciones (PDI) Danitza Araya regresó al debate público luego de que presentara un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago. La exfuncionaria acusa que el Ministerio de Seguridad Pública no aplicó los beneficios legales correspondientes al momento de fijar el grado con el que fue retirada de la institución, a pesar de que su invalidez está directamente vinculada a un operativo realizado durante el estallido social.
Araya quedó parapléjica tras ser atropellada y baleada el 21 de octubre de 2019, en un procedimiento que la propia PDI calificó como efectuado en actos propios del servicio y en un contexto de conmoción interna . En octubre de 2025, el Ministerio emitió el Decreto Exento N° 22, con el que se dispuso su ascenso a subcomisaria y su retiro por invalidez del 60%.
El recurso sostiene que la resolución ministerial no aplicó el artículo 129 del DFL N° 1, normativa que permite computar 30 años de servicio a funcionarios que quedan inválidos en circunstancias como las vividas por Araya. De acuerdo con la defensa, bajo ese criterio ella debió haber sido ascendida al grado de prefecto inspector (Grado 5) y no al de subcomisaria (Grado 9), como finalmente ocurrió. Según el escrito, el decreto tampoco habría considerado una resolución previa del director general de la PDI, en la que se reconocía que Araya cumplía con los requisitos para acceder a beneficios ampliados.
El abogado de la exfuncionaria, Antonio Cordano, afirmó que Araya cumple con todos los requisitos para estos beneficios: invalidez en actos del servicio, ocurrencia en circunstancias de conmoción interna y reconocimiento del jefe del servicio . A su juicio, la omisión de este reconocimiento es un acto ilegal que contraviene un mandato expreso y corresponde a una ilegalidad y arbitrariedad manifiesta .
El recurso solicita a la Corte corregir el grado de retiro y que se reconozca a Araya en el grado de prefecto (Grado 5), con 30 años de servicio computados retroactivamente al 15 de octubre de 2021, fecha en que COMPIN fijó su invalidez. También pide ordenar a la PDI, DIPRECA y al Ministerio de Seguridad Pública el pago retroactivo de remuneraciones, bonos, trienios, pensiones, desahucio y montepíos correspondientes al grado superior. Asimismo, solicita que la institución mantenga la continuidad de su tratamiento médico y las atenciones derivadas de las lesiones que sufrió.
La Corte de Apelaciones deberá ahora evaluar si hubo vulneración de derechos al momento de definir su grado de retiro y los beneficios asociados.