Santiago 7 Jul. (ATON) -
El 15º Juzgado Civil de Santiago condenó a las empresas Enel Distribución y Metrogas a pagar una indemnización por $365.630.000 por concepto de daño emergente y daño moral, por su responsabilidad en la explosión registrada en septiembre de 2017 en un inmueble de la comuna de Recoleta.
El 15º Juzgado Civil de Santiago condenó a las empresas Enel Distribución y Metrogas a pagar una indemnización por $365.630.000 por concepto de daño emergente y daño moral, por su responsabilidad en la explosión registrada en septiembre de 2017 en un inmueble de la comuna de Recoleta, lo que obligó a su demolición. Tres personas resultaron heridas de gravedad en el hecho.
En el fallo, la magistrada Carolina Montecinos Fabio estableció que la explosión es atribuible al actuar negligente de las demandadas, debido a la falta de distancia y protección de las redes de distribución de gas y electricidad, lo que provocó que el calor emitido por la línea de Enel, que presentada deterioro por falta de mantención, perforara la tubería de polietileno de la codemandada, lo que provocó la fuga de gas que se extendió hasta el edificio ubicado en Bombero Núñez N°40, que resultó con pérdida total.
Según la resolución, Enel "no controvirtió en lo sustancial que los cables que ocasionaron la perforación en la tubería de gas fueran parte de su red eléctrica, o que se encontraban sin aislación o protección. Luego, tampoco logró demostrar que cumplió su deber de mantener en buen estado la red eléctrica o en condiciones de evitar peligros".
"Asimismo prosigue , si bien adujo que la línea eléctrica fue intervenida por terceros, esta alegación fue descartada en el procedimiento administrativo al concluirse que la falta de protección del cableado era compatible con una falta de mantención y no con la intervención de terceros".
"Con todo, la presunta intervención de terceros no exime a la empresa de su obligación de efectuar todas las acciones y medidas tendientes a mantener y conservar las líneas de distribución eléctrica en estado de evitar riesgos para las personas o cosas", añade el fallo.
Agregó que "por su parte, se sancionó a la demandada Metrogas por vulnerar las normas que regulan el diseño e instalación de red de gas, al no mantener el espacio libre suficiente entre la tubería plástica de gas y las líneas eléctricas".