Publicado 16/07/2026 08:05

Empleadores no pueden despedir ni descontar sueldo por contingencia climática

Santiago, 10 de julio de 2026.  Precipitaciones en Santiago sector Palacio de La Moneda  Diego Martin/Aton Chile
Santiago, 10 de julio de 2026. Precipitaciones en Santiago sector Palacio de La Moneda Diego Martin/Aton Chile - DIEGO MARTIN/ATON CHILE

Santiago 16 Jul. (ATON) -

Ante el sistema frontal anunciado para gran parte del país, el Gobierno recordó que la legislación laboral establece reglas claras para la protección de los trabajadores.

Ante el sistema frontal anunciado para gran parte del país, el Gobierno recordó que la legislación laboral establece reglas claras para la protección de los trabajadores.

Como Gobierno estamos desplegados y coordinados para proteger la vida de los ciudadanos en una situación como la anunciada. Por ello, queremos hacer un llamado a la tranquilidad a trabajadores y empleadores del país para proteger la vida y seguridad de las personas , señaló el ministro del Trabajo, Tomás Rau.

En tanto, el director del Trabajo, David Oddó, subrayó que los empleadores tienen la obligación de adoptar todas las medidas necesarias para proteger la vida y la salud de quienes trabajan.

Primero hay que resguardar la seguridad de las personas. Por lo tanto, si existe un riesgo, deberán adoptarse las medidas que correspondan y eso incluye la suspensión de las labores cuando sea necesario. Luego, cuando las condiciones lo permitan, las actividades se pueden retomar , dijo.

Respecto de quienes no puedan concurrir a sus lugares de trabajo debido a cortes de caminos, interrupción del transporte u otras consecuencias derivadas del sistema frontal, la Dirección del Trabajo recordó que cada situación debe analizarse conforme a la legislación vigente y a las circunstancias particulares de cada caso.

Si el temporal le impide llegar a su trabajo y lo justifica, eso no puede terminar en un despido ni en un descuento sobre sus remuneraciones. Nadie debe arriesgar su vida o su salud por llegar a trabajar. Cuando las condiciones permitan continuar trabajando de forma segura, es el momento en que debemos hacerlo, no antes. La ley es clara y debemos cumplirla , expresó, enfatizando que la Dirección del Trabajo va a acompañar y a fiscalizar para que derechos y deberes se respeten .

Asimismo, se habilitó el correo dtfrentemaltiempo@dt.gob.cl para recibir denuncias relacionadas con eventuales incumplimientos laborales derivados de la contingencia. En caso de consultas laborales, visite www.dt.gob.cl o contáctese al 600 450 4000.

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