Publicado 31/01/2026 13:11

Exdirector de la PDI busca revertir condena con recurso que revisa la Suprema

Santiago 31 Ene. (ATON) -

La acción judicial no solo apunta a Héctor Espinosa, sino también a su esposa, María Magdalena Neira, condenada a 541 días de prisión por lavado de activos.

La Corte Suprema inició este viernes la revisión del recurso de nulidad presentado por el exdirector de la Policía de Investigaciones, Héctor Espinosa, quien busca dejar sin efecto el juicio que lo condenó a 17 años de cárcel por corrupción.

La sentencia, dictada el 1 de diciembre, lo declaró culpable de malversación, lavado de activos y falsificación y uso malicioso de instrumento público, además de imponerle una multa de 146 millones de pesos.

Según apunta El Mercurio, el recurso no solo apunta a Espinosa, sino también a su esposa, María Magdalena Neira, condenada a 541 días de prisión por lavado de activos. De acuerdo con el escrito, el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago cometió graves vulneraciones al debido proceso, la presunción de inocencia y la igualdad ante la ley.

La defensa sostiene que se trasladó indebidamente la carga de la prueba a los acusados, al exigirles demostrar el origen lícito de su patrimonio: El fallo construye la condena sobre la premisa de que todo dinero en efectivo que no tenga un rastro bancario o documental previo es, por defecto, dinero proveniente de los gastos reservados (de la institución policial) .

El documento critica además que se haya requerido una prueba diabólica , es decir, respaldar documentalmente ahorros en efectivo acumulados durante décadas por conceptos como viáticos internacionales, venta de acciones o ahorro en dólares.

No solo exigió una prueba documental imposible, sino que un acto completamente ilícito , enfatiza la defensa.

Otro punto cuestionado es que el tribunal sugiriera eventuales delitos tributarios sin que fueran parte de la acusación: El Tribunal calificó como irregular o eventualmente delictiva la venta o cambio informal de dólares, pese a tratarse de una actividad lícita .

La defensa también reprocha la falta de análisis del patrimonio histórico de los imputados, ya que la Fiscalía se concentró únicamente en depósitos realizados entre 2015 y 2017.

Al declarar innecesario el estudio del patrimonio histórico, el tribunal presume que todo dinero depositado en el período investigado es nuevo e ilícito, salvo que el acusado pruebe lo contrario , sostiene el recurso.

Respecto de Neira, el escrito denuncia que se le impuso un deber de fiscalización sobre su marido basado en su condición de funcionaria del SII: El tribunal dispone un deber de conducta -indagar diligentemente al marido- que no está establecido en la ley penal (...). El fallo la castiga por no actuar como funcionaria del SII dentro de su hogar, vulnerando su derecho .

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