Publicado 23/06/2026 07:04

Expectación por acusación constitucional contra Grau: Hoy se vota en la Cámara

Santiago, 11 de marzo 2026. Salida de Palacio del Presidente de la Republica, en su ultimo dia de Gobierno. Jonnathan Oyarzun/Aton Chile
Santiago, 11 de marzo 2026. Salida de Palacio del Presidente de la Republica, en su ultimo dia de Gobierno. Jonnathan Oyarzun/Aton Chile - JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE

Santiago 23 Jun. (ATON) -

Se estima que sería aprobada. La defensa del exministro, a cargo del abogado Patricio Zapata, podría solicitar que primero se someta a votación la cuestión previa, es decir, que la sala se pronuncie sobre la admisibilidad del libelo.

A contar de las 10 horas de hoy, la Cámara de Diputados revisará y votará la acusación constitucional impulsada por los partidos Republicano y Nacional Libertario en contra del exministro de Hacienda, Nicolás Grau, por infringir -supuestamente- las normas que regulan la administración financiera del Estado, tras mantener proyecciones de deuda fiscal erróneas en 2025.

Se estima que la defensa del exministro, a cargo del abogado Patricio Zapata, solicitará que primero se someta a votación la cuestión previa, es decir, que la sala se pronuncie sobre la admisibilidad del libelo. Si se aprueba la cuestión previa, la acusación se dará por no presentada, debido a que no cumple con los requisitos establecidos en la Constitución.

En ese sentido, el libelo llega con informe negativo a la sala. Ayer, la comisión revisora rechazó su admisibilidad por tres votos contra uno, y una abstención. En contra de la acusación se pronunciaron la presidenta de la instancia Marcela Hernando (Partido Radical), y los diputados Alejandro Bernales (Partido Liberal) y Carlos Bianchi (Ind. PPD). A favor votó el diputado republicano Luis Sánchez, mientras que por la abstención estuvo la diputada Joanna Pérez (Demócratas).

De acuerdo a las proyecciones, la acusación sería aprobada por cerca de 90 votos, por lo que pasaría al Senado, que actuará como jurado. En la Cámara Alta, la acusación requiere un mínimo de 26 votos para ser respaldada, tras lo cual Grau quedaría inhabilitado para ocupar cargos públicos por el plazo de cinco años. En todo caso, se estima que el libelo sería rechazado en el Senado.

CONTENIDO DE LA ACUSACIÓN

La acusación fue presentada el 8 de junio pasado por los diputados Álvaro Jofré, Ignacio Urcullú, Javier Olivares, Patricio Briones, Daniel Valenzuela, Cristóbal Urruticoechea, Francisco Orrego, Roberto Arroyo y Benjamín Moreno, y las diputadas Valentina Becerra, Gloria Naveillan y Paulina Muñoz.

En general, los cuatro capítulos de la AC plantean que Nicolás Grau infringió las normas que regulan la administración financiera del Estado, la programación financiera, el control financiero y los deberes de dirección superior que el ordenamiento jurídico radica en quien ejerce la conducción superior de las finanzas públicas de la República.

Y, en materia de responsabilidad constitucional, se indica que el exministro conocía o, al menos, debía conocer -en razón de su cargo- las advertencias técnicas formales y reiteradas del Consejo Fiscal Autónomo, del Fondo Monetario Internacional y de la Dirección de Presupuestos. Pese a ello, habría mantenido las proyecciones cuestionadas.

De este modo, el primer capítulo lo acusa de infringir el artículo 8° de la Constitución Política, por la entrega de información fiscal inconsistente en vulneración de los deberes de probidad, transparencia e integridad en la gestión financiera del Estado.

El segundo, por la infracción del artículo 3º del Decreto Ley 1.263, Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado, por vulneración de los principios de unidad y coordinación que rigen la dicha administración financiera.

El tercer capítulo, a su vez, acusa a Nicolás Grau de infringir el artículo 4° del citado decreto ley, por omisión de obligaciones y compromisos financieros relevantes en contravención al principio de universalidad presupuestaria.

Finalmente, el cuarto capítulo se refiere a la infracción al artículo 5° del mismo decreto, por vulnerar el deber de consistencia y coherencia de la programación financiera del Estado.

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