Publicado 16/01/2026 00:53

Fiscalía apeló por fallo que atribuye nuevo fuero a Calisto, ahora como senador

Santiago 16 Ene. (ATON) -

La Fiscalía Regional de Aysén recurrió a la Corte de Apelaciones de Coyhaique en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Coyhaique, que suspendió el procedimiento en contra del diputado Miguel Ángel Calisto Águila, por contar con fuero parlamentario como senador electo.

La Fiscalía Regional de Aysén recurrió a la Corte de Apelaciones de Coyhaique en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Coyhaique, que suspendió el procedimiento en contra del diputado Miguel Ángel Calisto Águila, por contar con fuero parlamentario como senador electo.

En su apelación, la fiscalía alega que Calisto ya fue desaforado conforme a la resolución pronunciada con fecha 14 de noviembre de 2025 por la Corte Suprema, la cual confirmó la resolución del 4 de agosto pasado, dictada por la Corte de Apelaciones de Coyhaiqu.

A juicio de la fiscalía, no existe norma legal que faculte a decretar, en este caso, la suspensión del procedimiento por parte del Tribunal de Garantía de Coyhaique en la causa contra Calisto y otros imputados por fraude al fisco.

El pasado miércoles, ante el Juzgado de Garantía de Coyhaique, la fiscalía formalizó a Miguel Ángel Calisto Águila, Carla Nicole Graff Toledo, Roland Andrés Cárcamo Catalán y Felipe Ignacio Klein Vidal por fraude al Fisco, en carácter de reiterado. Todos quedaron con arraigo y firma.

Según el ente persecutor, entre 2018 y 2022, Calisto Águila habría ejecutado un mecanismo defraudatorio vinculado a la utilización irregular de recursos del Congreso Nacional, por un monto estimado de $103.664.697.

Los hechos involucrarían a Cárcamo Catalán y Graf Toledo, mediante contratos de asesoría que no habrían ejecutado, destinando los fondos sustraídos a terceros; en tanto, Klein Vidal, habría sido el receptor de $34.164.589 en el período.

Sin embargo, el tribunal consideró que, si bien se decretó el desafuero de Calisto Águila en calidad de diputado, dicho pronunciamiento no tiene efecto extensivo respecto del cargo de senador de la República, para el cual fue elegido en las últimas elecciones parlamentarias del 16 de noviembre de 2025. Fecha desde la cual nuevamente goza de fuero parlamentario.

En la resolución, el juez Mario Devaud explicó que, conforme a lo dispuesto en el artículo 61 de la Constitución Política de la República y las normas procesales aplicables, no es posible continuar la tramitación de la causa respecto de un parlamentario aforado sin que previamente el tribunal de alzada competente autorice la formación de causa mediante el correspondiente procedimiento de desafuero.

Las diligencias investigativas de esta causa han sido realizadas con apoyo de la Brigada de Delitos Económicos de la Policía de Investigaciones de Chile y la Unidad Especializada Anticorrupción, Lavado de Activos y Probidad Interna (UNAC) de la Fiscalía Nacional.

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