Publicado 06/12/2025 00:18

Gobierno promulgó ley de 60 minutos obligatorios de actividad física en colegios

Santiago 6 Dic. (ATON) -

El Gobierno promulgó la Ley N°21.778 que obliga a todos los establecimientos educacionales del país a promover al menos 60 minutos diarios de actividad física, cumpliendo con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud.

El Gobierno promulgó la Ley N°21.778 que obliga a todos los establecimientos educacionales del país a promover al menos 60 minutos diarios de actividad física, cumpliendo con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y marcando un hito en las políticas de salud pública y educación integral.

La normativa, publicada en el Diario Oficial el 25 de noviembre de 2025, fue impulsada por el actual gobierno a través de los ministerios de Salud, Educación y Deporte, después de permanecer 7 años sin movimiento en la Comisión de Hacienda del Senado.

La ministra de Salud, Ximena Aguilera, dijo que esta ley nos ayuda porque la salud y el bienestar no se construyen solo con los médicos, sino en las condiciones en que nacemos, nos desarrollamos en la familia, nos educamos y en los ambientes de trabajo . Destacó, además, que la actividad física beneficia tanto la salud física como la mental.

Por su parte, el ministro de Educación, Nicolás Cataldo, enfatizó el impacto transformador de la iniciativa: Estos 60 minutos no solamente tienen un impacto práctico en el día a día, sino también en un cambio cultural que tenemos que provocar. Van a traernos un cambio a largo plazo como sociedad, pero también tienen un impacto en lo inmediato, especialmente en convivencia escolar y salud mental .

A su vez, el ministro del Deporte, Jaime Pizarro, destacó la importancia del trabajo intersectorial: Esta es una expresión de lo colectivo que ha permitido que los parlamentarios y las iniciativas propuestas por los ministerios de Salud, Educación y Deporte puedan contribuir a que en estas comunidades se pueda desarrollar más actividad física .

Agregó que la ley permitirá desincentivar las conductas sedentarias y el tiempo excesivo en pantallas, factores de riesgo para nuestros niños y niñas , destacando además que el primer ciclo pasa a tener una importancia trascendente, ya que es ahí donde los informes nutricionales muestran que hay que poner atención especial .

En tanto, el senador Francisco Chahuán, autor de la moción presentada hace 14 años, agradeció el impulso gubernamental: Hubo muchas excusas antes de lograr finalmente aprobar la ley. Este gobierno priorizó la iniciativa y logró que se convirtiera en realidad .

Las gestiones coordinadas entre el Ejecutivo y los parlamentarios permitieron despejar las dudas sobre el impacto financiero y avanzar rápidamente en la tramitación durante 2024 y 2025, logrando una aprobación transversal en el Senado con 22 votos a favor, ninguno en contra y 2 abstenciones.

De esta manera, Chile se suma a países como Finlandia, Francia y China que han implementado políticas similares de actividad física escolar obligatoria, siguiendo las directrices de la OMS que recomienda 60 minutos diarios de actividad moderada o vigorosa para niños y jóvenes de 5 a 17 años.

ALTOS ÍNDICES DE INACTIVIDAD FÍSICA

La ley responde a una urgente necesidad nacional: Chile presenta altos índices de inactividad física, especialmente en mujeres, personas con menor nivel educativo y zonas urbanas. Además, enfrenta desafíos significativos de sobrepeso y obesidad infantil.

Características principales de la ley:

- 60 minutos diarios obligatorios de juegos activos (parvularia) o actividad física (básica y media).

- No reemplaza la asignatura de Educación Física, sino que complementa la jornada educativa.

- Integración pedagógica a través de metodologías activas en otras asignaturas, recreos y transporte escolar.

- Inclusión garantizada para estudiantes con discapacidad y necesidades educativas especiales.

- Formación continua para profesionales y asistentes de educación.

- Sin nuevos gastos para el Estado, integrándose a planes de gestión existentes

La ley entrará en vigencia a partir del año escolar 2027 en dos etapas:

Primera etapa (2027): Educación Parvularia hasta 4° Básico.

Segunda etapa (2028): 5° Básico hasta 4° Medio.

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