Santiago 14 Feb. (ATON) -
La Cámara Federal de Casación Penal argentina -máximo tribunal penal por debajo de la Corte Suprema- rechazó la petición de la expresidenta Cristina Fernández para retirar la tobillera electrónica y reducir las limitaciones del régimen de visitas durante su arresto domiciliario.
La Cámara Federal de Casación Penal argentina -máximo tribunal penal por debajo de la Corte Suprema- rechazó la petición de la expresidenta Cristina Fernández para retirar la tobillera electrónica y reducir las limitaciones del régimen de visitas durante su arresto domiciliario.
La decisión ha salido adelante tras la deliberación de los magistrados Diego Barroetaveña, Mariano Borinsky y Gustavo Hornos, quienes han respondido a las quejas de la exmandataria con un voto dividido plasmado en un fallo de 131 páginas, recogido por los medios nacionales.
Barroetaveña y Hornos han incidido en que el uso de la tobillera electrónica en casos de prisión domiciliaria queda recogido en reforma introducida por la Ley 27.375, y han subrayado que "la ausencia de incidentes no torna innecesaria la medida, sino que confirma su eficacia preventiva".
En relación a las restricciones relativas al régimen de visitas, incluidas autorizaciones, uso de la terraza y monitoreo electrónico, han defendido la necesidad de las mismas, alegando que "se trata de una modalidad excepcional de cumplimiento de una pena privativa de libertad y no de una situación equiparable a la libertad plena".
Ambos magistrados han apuntado que estas medidas en su conjunto "constituyen un mensaje público que no debe diluirse mediante flexibilizaciones carentes de fundamento". "(La pena) cumple no solo una función resocializadora, sino también una función institucional y expresiva (...), especialmente en casos de corrupción de gravedad institucional", han agregado en su dictamen, según recoge el diario 'Clarín'.
Por su parte, Borinsky se ha mostrado contrario a los argumentos de sus colegas y ha abogado por atender a las demandas de la exmandataria y "flexibilizar integralmente" su régimen de prisión domiciliaria.
Así, ha defendido que el sistema de autorización individual de las visitas "resulta excesivamente restrictivo" y ha alertado de que el requerimiento de una intervención judicial antes de cada visita podría dar lugar a "una situación más gravosa que el régimen intramuros, donde las visitas se desarrollan bajo pautas regladas sin autorización judicial específica para cada encuentro".
Su planteamiento contempla además el abandono de la tobillera electrónica, así como la ampliación -sin limitaciones horarias y temporales- del uso de la terraza.
Esta resolución responde a la petición presentada en agosto del año pasado por la defensa de Cristina Fernández, que solicitó a la Corte Suprema de Justicia de Argentina que se le retirase la pulsera electrónica que lleva en el tobillo para controlar el cumplimiento de su arresto domiciliario y que se redujeran las restricciones de visitas durante su encierro, una medida de internamiento dictada en su contra por el conocido como caso Vialidad.
Ello después de que un tribunal de Buenos Aires, la capital del país, le concediese a mediados de junio de ese mismo año el arresto domiciliario, a pesar de la postura de los fiscales, que habían pedido que cumpliera la condena de seis años de prisión por la mencionada causa en la cárcel.
Para solicitar el arresto domiciliario, la defensa se apoyó en la edad de la expresidenta (72 años) y en que es "obligación" del Estado "velar por la seguridad de quienes ejercieron en el pasado la titularidad del Poder Ejecutivo". También recordaron que sufrió un intento de magnicidio.
Fernández ha sido condenada por haber otorgado obras viales millonarias a un socio y presunto testaferro durante sus dos gobiernos. La expresidenta, que niega los cargos, ha denunciado que es víctima de una persecución política y judicial.