Santiago 25 Abr. (ATON) -
La Dirección del Trabajo publicó dictámenes sobre cómo aplicar la reducción cuando no exista acuerdo entre empleador y trabajador.
Este domingo comenzará una nueva etapa de la ley de 40 horas en Chile, luego de que el límite de la jornada semanal baje de 44 a 42 horas para una parte importante de los trabajadores del país. En la antesala de este cambio, la Dirección del Trabajo emitió pronunciamientos para aclarar dudas sobre su implementación.
Entre los principales beneficiados aparecen los trabajadores del sector privado regidos por el Código del Trabajo y afectos a jornada ordinaria. María Isabel Cáceres, directora Legal y Prevención de Riesgos de Adecco Chile, explicó que la reducción de la jornada laboral aplica, en términos generales, a los trabajadores y trabajadoras regidos por el Código del Trabajo que se encuentran afectos a una jornada ordinaria y que, a la fecha, cumplen 44 horas semanales .
En la misma línea, Pedro Pizarro, vicepresidente del Instituto Libertad, sostuvo a Emol que la reducción de jornada es para trabajadores formales del sector privado que hoy están con jornada de 44 horas .
No obstante, la rebaja no será universal. Quedan fuera funcionarios del sector público, personas que trabajan a honorarios, independientes y quienes estén legalmente excluidos de limitación de jornada, como ciertos cargos de confianza o funciones sin control horario.
Otro punto abordado por la Dirección del Trabajo dice relación con los casos en que no exista acuerdo entre empleador y trabajador para aplicar la disminución horaria. En jornadas distribuidas en cinco días, la reducción deberá concretarse rebajando una hora al término de la jornada en dos días distintos. Si la jornada se reparte en seis días, deberán descontarse 50 minutos en dos jornadas y 20 minutos en una tercera.
En ambos casos, la reducción debe aplicarse al término de la jornada diaria, y no puede fraccionarse arbitrariamente en minutos más pequeños , indicó Cáceres.
La normativa también establece límites claros para las empresas. La rebaja horaria no podrá significar una disminución de remuneraciones, ni podrá compensarse reduciendo tiempos de colación o modificando unilateralmente otras condiciones laborales.
Desde distintos sectores coinciden en que este nuevo paso marca uno de los hitos centrales de la implementación gradual de la ley, que continuará avanzando hasta alcanzar las 40 horas semanales.