Santiago 13 Mar. (ATON) -
Se determinó que los infractores no podrán abandonar el país hasta concretar una donación solidaria de 30 millones de pesos al Cuerpo de Bomberos de Última Esperanza.
En una audiencia de salida alternativa correspondiente a la causa rol 92-2026, el Juzgado de Garantía de Puerto Natales resolvió imponer estrictas condiciones a dos ciudadanos japoneses imputados por encender fuego en el Parque Nacional Torres del Paine.
La magistrada Marianela Chacur Benítez determinó que los infractores no podrán abandonar el país hasta concretar una donación solidaria de 30 millones de pesos al Cuerpo de Bomberos de Última Esperanza. Una vez realizada la transferencia, deberán abandonar el territorio nacional y tendrán prohibido regresar durante los próximos tres años.
El tribunal también estableció que, mientras permanezcan en Chile, los imputados no podrán ingresar a áreas silvestres protegidas, incluyendo reservas naturales, parques y monumentos nacionales.
Según el Ministerio Público, entre el 2 y el 11 de marzo de 2026, en el campamento Italiano del Parque Torres del Paine, los acusados encendieron una fogata en un sector donde el uso de fuego está expresamente prohibido.
Para ello utilizaron trozos de árboles nativos y líquidos acelerantes, prácticas vetadas incluso en lugares donde se permite el uso de fuentes de calor. El hecho motivó su expulsión inmediata del parque por parte de personal de Conaf, su detención por Carabineros y posterior puesta a disposición de la Fiscalía.