Publicado 21/02/2026 14:53

Ratifican pena de 20 años contra hombre que asesinó a sujeto en Villarrica

Santiago 21 Feb. (ATON) -

La defensa alegó error de derecho , pero el recurso fue rechazado de manera unánime.

La justicia mantuvo firme la condena dictada por el crimen ocurrido en Villarrica a fines de 2023. Este viernes, la Corte de Apelaciones de Temuco confirmó la sentencia de 20 años de presidio contra Nicolás Fernando Méndez Carrasco, acusado de asesinar a un hombre en situación de calle.

El ataque se registró el 14 de diciembre de 2023, cuando la víctima se encontraba recostada en un colchón en calle Vicente Reyes, a un costado de un food truck. Según se estableció en el juicio, el agresor lo golpeó de manera sorpresiva en ese lugar.

En diciembre de 2025, el Tribunal Oral en lo Penal de Villarrica había dictado la condena. No obstante, la defensa presentó un recurso de nulidad argumentando un supuesto error de derecho en la sentencia.

La Tercera Sala del tribunal de alzada rechazó de forma unánime esa acción judicial. En su resolución, los ministros detallaron que Claramente hay un aspecto objetivo, constituido por las circunstancias que en el caso concreto garanticen la ejecución del delito o aseguren la impunidad y, por otro, que subjetivamente esas circunstancias hayan sido creadas o decididas por el hechor o que este se aproveche de ella .

El fallo profundiza en la configuración de la alevosía, señalando que No solo dieron por acreditado que la víctima se encontraba acostada sobre un colchón en la vía pública, en evidente situación de vulnerabilidad y disminución de sus capacidades de reacción y defensa (elemento objetivo), sino que también el hecho que antes de ser golpeada el acusado se hace con un trozo de madera, se traslada hacia donde se encuentra y, tras un lapso de tiempo sin interacción significativa, la golpea sorpresivamente en la cabeza .

Finalmente, el tribunal concluyó que De esta forma, al concurrir en este caso todos los elementos que tanto la doctrina como la jurisprudencia exigen para configurar de la alevosía, los sentenciadores no han hecho una errónea aplicación del derecho que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, por lo que la causal subsidiaria deberá ser igualmente desestimada", dejando firme la pena impuesta.

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