Publicado 23/09/2026 16:06

Rechazan querella contra rectificación de partida de nacimiento de niña trans

Santiago, 11 de noviembre 2023 Personas marchan por la calle Alameda de Santiago durante  la “XVI Marcha por la Igualdad, Santiago Parade” convocada por el MOVILH. FOTO; KARIN POZO
Santiago, 11 de noviembre 2023 Personas marchan por la calle Alameda de Santiago durante la “XVI Marcha por la Igualdad, Santiago Parade” convocada por el MOVILH. FOTO; KARIN POZO - KARIN POZO/ATONCHILE

Santiago 23 Sep. (ATON) -

El Movilh valoró que el Juzgado de Garantía de San Antonio rechazara una querella presentada por el grupo Comunidad y Justicia contra el juez del Juzgado de Familia, Rodrigo Palma Muñoz, quien había ordenado rectificar la partida de nacimiento de una niña trans de 10 años.

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) valoró que el Juzgado de Garantía de San Antonio rechazara una querella presentada por el grupo Comunidad y Justicia contra el juez del Juzgado de Familia, Rodrigo Palma Muñoz, quien en junio pasado había ordenado al Registro Civil rectificar la partida de nacimiento de una niña trans de 10 años.

Desde ek Movilh, organismo que representó judicialmente a la niña y su familia, manifestaron que Comunidad y Justicia dice defender el derecho preferente de los padres y madres, pero su querella ha vulnerado no solo el derecho a la identidad de una niña, sino también la decisión de su familia de acompañarla en su proceso. Se ha inmiscuido en decisiones familiares, motivada solo por su ideología transfóbica, lo cual es impresentable .

El encargado de Derechos del Movilh, Ramón Gómez, mencionó que esta querella se enmarca en una estrategia liderada por la ultraderecha, algunos de cuyos representantes han violentado con sus dichos la independencia del Poder Judicial, como ha ocurrido, por ejemplo, con declaraciones del presidente del Partido Nacional Libertario, Johannes Kaiser .

El Movilh denunció que el 19 de agosto pasado, a través de sus redes sociales, Kaiser dijo en relación a este caso y al magistrado Palma Muñoz que otro juez que se cree legislador. Ya basta. La ley es clara. Si establece el mínimo para cambiarse el sexo registral en 14, entonces son 14. Jueces que se arrogan el derecho a torcer la ley son un peligro para la democracia y deben ser excluidos de sus cargos. Y si la ley de género se presta para estos abusos, entre otros, es hora de derogarla .

Sin duda, estamos en presencia de una arremetida de odio, cargada de ideología, carente de empatía. Y en este contexto, valoramos especialmente que el Juzgado de Garantía de San Antonio rechazara la querella de Comunidad y Justicia, que buscaba nada más ni nada menos que amedrentar a la justicia y a un juez por decisiones que se ajustan al interés superior del niño , indicaron desde el Movilh.

En la querella presentada el pasado 15 de septiembre, Comunidad y Justicia había acusado al juez Palma como autor de prevaricación, con el argumento de que había dictado una sentencia contraria a la Ley de Identidad de Género, la cual regula expresamente el cambio de nombre y sexo legal solo para mayores de 14 años, pero tampoco lo prohíbe para menores de esa edad.

En la querella, según consignó el Líder de San Antonio, Comunidad y Justicia alegó que la sentencia dictada con fecha 18 de junio de 2026 configura el delito de prevaricación judicial (...) La resolución en cuestión acogió una solicitud de rectificación de sexo y nombre registral respecto de una persona de diez años de edad. Al hacerlo, el tribunal aplicó un procedimiento que el legislador reservó de forma exclusiva para un grupo etario distinto, contraviniendo el texto explícito de la ley .

Finalmente, el pasado lunes, el juez Felipe Contreras declaró inadmisible la acción legal estimando que los hechos expuestos en la querella se refieren a una situación de interpretación jurídica efectuada en una sentencia por un juez de Familia (...) y que los tribunales superiores de justicia han resuelto que los juzgados de Familia deben conocer el fondo de estos asuntos y evaluar la plausibilidad de la solicitud aun cuando él o la menor tengan menos de 14 años , por lo que, a juicio del suscrito, los hechos expuestos en la querella no son constitutivos de delito .

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