Publicado 03/06/2026 17:43

SII emite resolución para que plataformas foráneas de apuestas online paguen IVA

Valparaiso, 2 junio 2023. Tematicas sitios de apuestas deoprtivas online. Raul Zamora/Aton Chile
Valparaiso, 2 junio 2023. Tematicas sitios de apuestas deoprtivas online. Raul Zamora/Aton Chile - RAUL ZAMORA/ATON CHILE

Santiago 3 Jun. (ATON) -

Se busca controlar el cumplimiento tributario respecto de servicios digitales prestados desde el exterior a usuarios en Chile, habilitando un registro para su inscripción, declaración y pago del impuesto.

El Servicio de Impuestos Internos (SII) emitió una resolución para que las plataformas sin domicilio ni residencia en Chile que prestan servicios de apuestas, juegos de azar, casinos y análogos o conexos, en línea o a través de plataformas digitales, paguen los impuestos correspondientes por sus operaciones realizadas en el país.

Se establece un sistema de inscripción y se fija un mecanismo para que tales empresas cumplan desde el punto de vista tributario con sus obligaciones, ya que se trata de actividades gravadas con el IVA.

La Resolución 69, del martes 2 de junio, establece que tales prestadores podrán inscribirse en el sistema habilitado por el SII, debiendo sujetarse a las normas e instrucciones vigentes sobre inscripción, registro, declaración y pago del impuesto aplicables a los contribuyentes extranjeros que prestan servicios digitales gravados con IVA.

La resolución permite fortalecer la equidad tributaria, asegurando que cuando se realizan operaciones en nuestro país de servicios digitales desde el extranjero a personas domiciliadas en Chile, siempre se declare y pague el impuesto respectivo.

De esta forma, se evita la generación de espacios sin control y desigualdad respecto de otros contribuyentes que cumplen con el pago correcto y oportuno de sus impuestos.

El IVA deberá aplicarse sobre el monto total de contraprestaciones recibidas como remuneración por la prestación de estos servicios, cualquiera sea su naturaleza.

Una vez inscritas en el sistema, las plataformas de apuestas online sin domicilio ni residencia en Chile que hayan prestado servicios durante los últimos 36 periodos tributarios deberán pagar el IVA correspondiente adeudado, a través de F129 o formulario IVA Digital.

La resolución se refiere de manera exclusiva al cumplimiento de obligaciones tributarias, pues las materias vinculadas con la autorización, regulación, fiscalización sectorial o calificación de licitud de estas actividades corresponden a otros organismos.

Según el SII, dado que esas plataformas no autorizadas se han mantenido en forma permanente realizando estas operaciones gravadas con IVA, e incluso publicitando abiertamente sus operaciones, es su deber asegurar que realicen el pago de los impuestos que les corresponden.

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