Publicado 25/03/2026 06:28

Suprema rechazó demanda de ejecutivo despedido por viajar con licencia médica

Santiago 25 Mar. (ATON) -

Según el fallo, "la norma invocada para despedir al demandante es clara en orden a facultar al empleador para finalizar la vinculación laboral, cuando el dependiente incurre en conductas deshonestas, faltas de integridad o rectitud en el desempeño de sus funciones".

La Corte Suprema rechazó una demanda por despido injustificado presentada por el ejecutivo Delbert Jesuant Osorio Materan en contra de la empresa de asesorías Inside Group SpA, que lo desvinculó por viajar a Argentina mientras estaba con licencia médica. En consecuencia, anuló la indemnización.

En la sentencia, la Cuarta Sala del máximo tribunal -integrada por el ministro Ricardo Blanco, las ministras Jessica González, Mireya López y las abogadas (i) Leonor Etcheberry y Fabiola Lathrop- consideró que hubo error del tribunal del Trabajo al acoger la demanda y estableció que la conducta no proba del ejecutivo justifica su desvinculación.

Según el fallo, "la norma invocada para despedir al demandante, contenida en el artículo 160 número 1 letra a) del Código del Trabajo, es clara en orden a facultar al empleador para finalizar la vinculación laboral, cuando el dependiente incurre en conductas deshonestas, faltas de integridad o rectitud en el desempeño de sus funciones".

En ese sentido, recalca que "el demandante presentó una licencia médica con la finalidad de ausentarse de sus labores y viajar al extranjero, y no para descansar por razones de salud hasta su mejora, aprovechándose de una prerrogativa que entrega la seguridad social y faltando a la buena fe y honradez requeridas".

Añade que "la empleadora, creyéndolo enfermo, tuvo que tramitar dicho documento, pagándose al actor el subsidio procedente, y, probablemente, se vio constreñida a ajustar sus procedimientos internos, afectando la buena marcha del negocio y a otros trabajadores que debieron ejecutar sus labores".

También consigna que "se encuentra acreditado que la ausencia del recurrido carecía de justificación, ya que la licencia médica presentada -con reposo en su domicilio- autorizaba no asistir al trabajo con el fin de superar su contingencia de salud".

Sin embargo, se constató que "el trabajador la empleó para un fin ajeno al descanso prescrito, antecedente que denota una actuación de mala fe frente al empleador y de abuso del sistema de seguridad social, deshonrando el referido principio de lealtad en el cumplimiento de las obligaciones acordadas en virtud del contrato de trabajo".

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