Publicado 29/06/2026 11:01

Tesorería defiende su rol y detalla tipos de cobranza que le autoriza la ley

Santiago 29 Jun. (ATON) -

Explicó que realiza gestiones de cobranza administrativa y judicial de impuestos, patentes, multas y créditos de carácter fiscal, incluyendo sus reajustes, intereses y sanciones, conforme a lo establecido en el artículo 35 del Decreto Ley N°1.263.

En medio de la polémica por los cobros del CAE, la Tesorería General de la República (TGR) recalcó que está facultada por Ley para cobrar deudas tributarias, fiscales y territoriales (contribuciones) y multas que aplican distintas entidades del Estado en atención a su rol de fiscalización.

Con este fin, de manera permanente según destacó, realiza gestiones de cobranza administrativa y judicial de impuestos, patentes, multas y créditos de carácter fiscal, incluyendo sus reajustes, intereses y sanciones, conforme a lo establecido en el artículo 35 del Decreto Ley N°1.263 sobre Administración Financiera del Estado.

También enfatizó que estos recursos constituyen una fuente esencial para el financiamiento del gasto público, permitiendo el adecuado retorno de fondos a las arcas fiscales y contribuyendo directamente a la implementación de políticas sociales y la provisión de servicios para la ciudadanía.

En este marco, la TGR administra la cobranza de sanciones aplicadas por diversos organismos del Estado, entre ellos la Dirección del Trabajo, el Instituto de Salud Pública (ISP), la Superintendencia de Salud, la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) y el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence).

De igual forma, se incluyen multas provenientes de entidades fiscalizadoras como la Contraloría General de la República (CGR), Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), Subsecretaría de Telecomunicaciones y el Consejo Nacional de Televisión (CNTV), además de organismos vinculados a recursos naturales y medioambiente como Servicio Nacional de Pesca (Sernapesca), Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin).

A lo anterior se suma la nueva facultad que asume TGR, a partir de este mes, para la cobranza prejudicial a los empleadores que mantienen deudas correspondientes a cotizaciones previsionales de sus trabajadores (Ley 21.735 de Reforma Previsional).

Además, explicó que el proceso de cobranza que efectúa TGR se realiza en coordinación con los organismos giradores, los que le derivan las multas o créditos fiscales emitidos, después de un proceso fiscalización previo, comunicado al infractor, y agotadas las instancias de reclamación propias de cada procedimiento.

Asimismo, indicó que el afectado por la cobranza puede efectuar alegaciones y presentar antecedentes para modificar, rebajar o eximirle del pago de la multa o crédito fiscal, es decir, una vez que estas obligaciones se encuentran firmes y ejecutoriadas, lo que permite asegurar un procedimiento transparente, trazable y ajustado al marco legal vigente.

La Tesorería también señaló que la gestión de cobranza se basa en tres principios: la promoción de la regularización voluntaria mediante procesos previos y graduales; la igualdad de trato ante la normativa para todos los contribuyentes; y la aplicación del embargo como medida de último recurso, cuando el contribuyente ha sido notificado y no ha regularizado su situación ni suscrito un convenio de pago.

Finalmente, la TGR recordó que los convenios de pago permiten a los contribuyentes regularizar su situación tributaria en condiciones establecidas por la normativa, suspendiendo el proceso de cobranza mientras éstos se mantengan al día. Por consiguiente, invitó a la ciudadanía a informarse y revisar su situación en tgr.cl, con canales de atención y alternativas de regularización antes de llegar a etapas de cobranza coactiva.

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