Santiago 2 Oct. (ATON) -
En su fallo, el tribunal acreditó un conjunto de 11 infracciones ambientales en la operación del relleno en la comuna de Talagante.
El Segundo Tribunal Ambiental rechazó en todas sus partes la reclamación interpuesta por la empresa Consorcio Santa Marta en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) por la multa de 2.771 Unidades Tributarias Anuales (UTA, más de $2.399 millones), por incumplimientos en el relleno sanitario de Talagante.
En su fallo, el tribunal acreditó un conjunto de 11 infracciones ambientales, entre las que destacan la operación del relleno mediante celdas con alturas superiores a los 4 metros autorizados, el sobrepaso de la tasa de ingreso de residuos sólidos en los años 2014 y 2015 (con excedencias de 38.771 ton y 100.641 ton, respectivamente) y la recepción no autorizada de más de 109 mil toneladas de lodos en dicho período.
Asimismo, la resolución judicial validó la ponderación de la SMA sobre la cadena causal que derivó en la contingencia de enero de 2016 (deslizamiento masivo de basura e incendio posterior), determinando que el ingreso excesivo de humedad, residuos y lodos, junto a la sobrecarga geométrica, alteraron la estabilidad física y la presión de poros de la masa de residuos.
El fallo también ratificó la proporcionalidad de las multas aplicadas y la correcta estimación del beneficio económico obtenido por la empresa a raíz de los costos evitados y retrasados, entre otros, en materia de monitoreo ambiental, control de emisiones y programas de reforestación.