Publicado 02/06/2026 14:22

Con votos DC, el Congreso despachó a ley el proyecto de "Escuelas Protegidas"

Valparaiso, 2 de junio 2026  La ministra de Educacion, Maria Paz Arzola, en la sesion de la Camara de Diputados  Sebastian Cisternas/Aton Chile
Valparaiso, 2 de junio 2026 La ministra de Educacion, Maria Paz Arzola, en la sesion de la Camara de Diputados Sebastian Cisternas/Aton Chile - SEBASTIAN CISTERNAS/ ATON CHILE

Santiago 2 Jun. (ATON) -

Tanto diputados de las bancadas del Partido Socialista, Frente Amplio y el PPD presentaron reservas de constitucionalidad en contra de la norma que restringe la entrega del beneficio de gratuidad en la educación superior. Igualmente, respecto de las medidas de revisión de estudiantes.

Por 105 votos a favor (incluida la DC) y 45 en contra, la Cámara de Diputados aprobó las modificaciones realizadas por el Senado y despachó a ley el proyecto que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, más conocido como "Escuelas Portegidas".

Tanto diputados de las bancadas del Partido Socialista, Frente Amplio y el PPD presentaron reservas de constitucionalidad en contra de la norma que restringe la entrega del beneficio de gratuidad en la educación superior. Igualmente, respecto de las medidas de revisión de estudiantes por vulnerar garantías constitucionales como el respeto a la vida privada y la honra.

El proyecto permite a los sostenedores incorporar en sus reglamentos internos medidas como revisar mochilas, bolsos u otros efectos personales de los estudiantes, excluidas sus vestimentas. Además, se podrá solicitar al estudiante mostrar o vaciar el contenido de los bolsillos.

De encontrarse elementos potencialmente peligrosos, se deberá comunicar de manera inmediata a los padres y apoderados del estudiante, así como a Carabineros o a la Policía de Investigaciones.

En caso de negativa del estudiante a la revisión, incluso en presencia de sus padres o apoderados, estos deberán retirar las pertenencias del establecimiento y el sostenedor deberá informar a la Oficina Local de la Niñez.

En materia de pérdida de gratuidad en la educación superior, la norma establece que no podrán recibir este beneficio aquellos estudiantes condenados por delitos que atenten contra la vida, la integridad física o la indemnidad sexual (añadido en el Senado) de las personas o contra la propiedad, pública o privada.

En el caso de condenas contra la propiedad, ahora se acotó que deben corresponder a delitos cometidos en establecimientos educacionales, instituciones de educación superior o sus inmediaciones.

La ley aprobada también establece que los adultos condenados por delitos cometidos en contra de un profesional o asistente de la educación tendrán prohibición de celebrar contratos con el Estado por 3 años.

Asimismo, los reglamentos internos podrán suspender el derecho de ingreso a los establecimientos de los padres o apoderados que hayan agredido física o verbalmente, o por medios digitales, a un funcionario del plantel o a un estudiante.

Por último, se estableció la gradualidad para la entrada en vigencia de las diversas normas del presente proyecto. Esto en concordancia con la vigencia de la ley N° 21.809, sobre convivencia, buen trato y bienestar de las comunidades educativas y los respectivos reglamentos.

Tras la aprobación, la ministra María Paz Arzola destacó que "quienes cometen delitos en el contexto educativo, ya sea contra la vida o contra la propiedad, quedan inhabilitados de poder acceder al beneficio de la gratuidad. Eso no implica que no van a poder ingresar a la educación superior"

"Lo único que implica es que no van a poder hacerlo en virtud de este beneficio por un plazo de cinco años, y también quienes, digamos, cometan también delitos posteriores a haber adquirido el beneficio quedan sujetos a la misma inhabilidad", añadió.

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