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MADRID 14 Abr. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Columbia ha dictado una nueva resolución en el procedimiento de ejecución del laudo arbitral del Centro Internacional de Arreglos de Diferencias relativas a Inversiones (Ciadi) interpuesto contra el Reino de España, en relación con los recortes retroactivos a las energías renovables y vinculado de manera específica con el Caso Watkins, en el que rechazaha sus recursos para bloquear los intentos de embargo por parte de sus acreedores y obliga al país a dar información de sus activos.
En una orden judicial fechada el pasado 10 de abril, el tribunal concluye ahora que ha transcurrido un plazo razonable desde la condena sin que España haya procedido al pago ni haya aportado garantías, lo que habilita a los acreedores a iniciar medidas de embargo sobre activos del Estado español en territorio estadounidense.
En concreto, este procedimiento se encuentra en fase de ejecución tras la sentencia de septiembre de 2025, que reconoció el laudo internacional y condenó a España al pago de aproximadamente 93 millones de euros, que representan la suma de una condena original de 77 millones de euros, más intereses de demora, condenas en costas y otras obligaciones adicionales.
El litigio ha sido gestionado por Blasket Renewable Investments, corriendo la representación legal a cargo del bufete King & Spalding. La jueza Beryl A. Howell firma la sentencia que da la razón a los acreedores y condena al Gobierno español.
El Ejecutivo español, a través de sus equipos de representación jurídica, ha intentado suspender la ejecución de la sentencia y anular los requerimientos de información y las notificaciones judiciales (subpoenas) remitidas por los acreedores a entidades y organismos que mantienen relaciones económicas con el Reino.
La resolución autoriza a los demandantes a registrar la sentencia en cualquier distrito judicial de Estados Unidos, permitiendo ampliar la ejecución a nivel nacional y facilitando la identificación de activos en múltiples jurisdicciones.
Además, el tribunal respalda expresamente el uso de mecanismos de localización de activos, incluyendo la emisión de notificaciones judiciales (subpoenas) a entidades financieras, empresas y terceros con relaciones económicas con España, en línea con el amplio alcance del proceso de descubrimiento de activos e intereses (discovery) en el derecho procesal estadounidense.
Igualmente, en su análisis, la Corte rechaza los argumentos del Reino de España basados en la supuesta imposibilidad de pago derivada del derecho de la Unión Europea, así como la existencia de recursos pendientes, señalando que ninguno de estos factores justifica la paralización de la ejecución.
UN PASO DECISIVO EN LA FASE DE EJECUCIÓN DE LOS LAUDOS.
Fuentes jurídicas consideraron que esta decisión supone "un paso decisivo" en la fase de ejecución internacional de los laudos de las renovables, al permitir a los acreedores avanzar desde la identificación de activos hacia su eventual embargo y realización efectiva para el cobro de las indemnizaciones reconocidas judicialmente.
Las empresas afectadas vienen de anunciar un procedimiento de rastreo de bienes que afectan a la operativa de la selección española de fútbol en el Mundial 2026, que se iniciará el próximo mes de junio y que se celebrará en Estados Unidos.
Las transacciones mantenidas con Adidas, Hilton, Baylor School o la FIFA están ahora en el punto de mira de los acreedores, que pueden proceder a reclamar el embargo de dichas operaciones de pago o de cobro, bloqueando así la capacidad del Estado español de seguir actuando sin consecuencias tras un largo número de incumplimientos e impagos.